Испанский язык для юристов
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Испанский язык для юристов

Учебник

Издание второе,
переработанное и дополненное

Ответственный редактор  
доцент 
О. Н. Лобанова



Информация о книге

УДК 811.134.2(075.8)

ББК 81.2Исп-923

И88


Авторы:
Отбор, подготовка, составление текстов, вопросов и вокабуляра к текстам, упражнений на перевод с русского языка на испанский:
Колесникова Н. Ю., доцент – a. модуль 1 (темы 1, 2), модуль 2 (тема 4), модуль 4 (тема 7), модуль 5 (тема 8), список использованной литературы;
Лобанова О. Н., доцент – b. модуль 2 (тема 3), модуль 3 (темы 5, 6), модуль 5 (тема 9), модуль 6 (тема 10).
Послетекстовые лексико-грамматические упражнения, грамматическое приложение:
Градовская Е. А., старший преподаватель – модуль 1 (тема 1), модуль 2 (тема 3), модуль 4 (тема 7), модуль 5 (тема 9);
Бобракова М. Л., старший преподаватель – модуль 1 (тема 1), модуль 3 (тема 6), модуль 5 (тема 9), модуль 6 (тема 10);
Малышова А. С., преподаватель – модуль 2 (тема 4), модуль 3 (тема 5), модуль 5 (тема 8).

Учебник подготовлен преподавателями кафедры иностранных языков Московского государственного юридического университета имени О. Е. Кутафина (МГЮА).

Ответственный редактор доцент О. Н. Лобанова.


Предлагаемый учебник включает материал по темам, изучаемым по направлению «Юриспруденция». По каждой теме представлено большое количество текстов и упражнений к ним, помогающих не только овладеть необходимой лексикой на изучаемом языке, но и позволяющих студентам применить свои профессиональные знания. В учебник включены упражнения, способствующие развитию навыков коммуникации в профессиональной сфере и навыков двустороннего перевода. В учебник также включен словарь юридических терминов.

Учебник предназначен для студентов высших учебных заведений, обучающихся по направлению «Юриспруденция».


Печатается в авторской редакции.


УДК 811.134.2(075.8)

ББК 81.2Исп-923

© Коллектив авторов, 2013

© Коллектив авторов, 2022, с изменениями

© ООО «Проспект», 2022

ПРЕДИСЛОВИЕ К СЕРИИ

Московский государственный юридический университет имени О. Е. Кутафина (МГЮА) приступает к изданию серии учебников и учебных пособий для бакалавров по направлению подготовки «Юриспруденция».

С 2011 г. Российская Федерация перешла на уровневую систему высшего профессионального образования, включающую уровни – бакалавриат и магистратуру. Министерством образования и науки Российской Федерации утверждены федеральные государственные образовательные стандарты высшего профессионального образования (ФГОС ВПО) по направлению подготовки 030900 «Юриспруденция» (квалификации (степени) «бакалавр» и «магистр»), разработанные Учебно-методическим объединением по юридическому образованию вузов Российской Федерации совместно с работодателями и их объединениями, в первую очередь с Ассоциацией юристов России.

Учебники, вошедшие в серию, полностью соответствуют требованиям ФГОС ВПО по направлению подготовки бакалавров «Юриспруденция», примерной основной образовательной программе бакалавриата, утвержденной Учебно-методическим объединением, и примерным программам учебных дисциплин, являющихся составной частью основной образовательной программы. Более того, все учебники подготовлены профессорско-преподавательским коллективом Московского государственного юридического университета имени О. Е. Кутафина (МГЮА), который и разрабатывал примерные программы учебных дисциплин базовой части ФГОС ВПО бакалавриата.

Учебники и пособия по учебным дисциплинам вариативной части основной образовательной программы для бакалавров юриспруденции подготовлены в соответствии с учебным планом Московского государственного юридического университета имени О. Е. Кутафина (МГЮА).

Предложенная серия учебников и учебных пособий адресована студентам, обучающимся по программам бакалавриата, преподавателям вузов, практикующим юристам и всем интересующимся правом.

Ректор Московского государственного юридического
университета имени О. Е. Кутафина (МГЮА),
сопредседатель Учебно-методического
объединения по юридическому
образованию вузов Российской Федерации
В. В. Блажеев

МОДУЛЬ 1

Tема 1.
ПОНЯТИЕ ПРАВА. ПРОФЕССИЯ ЮРИСТА

Texto 1.
¿Qué es el Derecho?

En un Estado moderno, el Derecho es el conjunto de normas — leyes, preceptos y reglas de diverso tipo, establecidas y respaldadas por éste, que regulan tanto las relaciones de los individuos en la sociedad como la organización de la sociedad misma. Los fines del Derecho son asegurar la convivencia y la armonía tanto del bien individual como del bien común, a través de la seguridad y la justicia.

Lo que diferencia las normas jurídicas — propias del Derecho — de otro tipo de normas (como son las de carácter ético o de corrección social) es su coercibilidad. Es decir, la posibilidad de exigir su aplicación a través de los órganos establecidos y dotados de medios para hacerlas cumplir, como son las autoridades y los tribunales.

Las normas jurídicas son creadas, modificadas, derogadas e impuestas por el Estado. Pueden ordenar o prohibir hacer algo, bajo amenaza de sanción (normas imperativas); o conceder medios a quienes se encuentran en determinadas circunstancias para conseguir fines (normas dispositivas).

El término Derecho puede designar dos cosas diferentes:

Las reglas de conducta que una sociedad impone a sus miembros para garantizar el bien común, y cuya violación está sancionada. Se trata de preceptos imperativo-atributivos, es decir, de reglas que, además de imponer deberes, conceden facultades. Este conjunto de normas, reflejo del aspecto imperativo y sancionador, es el Derecho objetivo.

Frente al obligado por una norma jurídica descubrimos siempre a otra persona facultada para exigirle el cumplimiento de lo prescrito. La facultad reconocida legalmente a una persona de actuar — dentro de ciertos límites — , y de exigir de los demás el respeto a tal potestad, está patente en el Derecho subjetivo. Es el poder de usar y disponer, al libre albedrío, de propiedades, frutos y rentas.

El derecho subjetivo es una función del objetivo que se apoya en él. Es la norma que exige o prohíbe; el permiso derivado de la norma. El derecho subjetivo sólo se concibe fuera del objetivo, pero sería erróneo creer que el primero es sólo un aspecto o faceta del segundo.

Son derechos subjetivos los personales, los de la familia y los patrimoniales (derechos reales, derechos sobre bienes inmateriales, derechos de crédito y derecho hereditario). El contrato y el testamento son dos figuras, reguladas por la ley, mediante las cuales se manifiesta la posibilidad de modelar las relaciones jurídicas según la voluntad individual.

Derecho Vigente, Derecho Positivo y Derecho Natural

En el siglo XIX aparecieron los positivistas, o sea aquellos que niegan que el hombre tenga derechos inherentes a su condición de persona o sea derechos naturales. El Derecho natural es el derecho que tiene el hombre en virtud de su naturaleza o sea, aquel conjunto de cosas suyas, de derechos, que el hombre tiene por sí mismo y no por concesión de los Parlamentos, de los Gobiernos o de la sociedad. La insuficiencia y la injusticia de una ley se miden por su adecuación al derecho natural, el cual es un derecho tan concreto como el derecho positivo (el que debe su origen a la concesión de la sociedad).

Llamamos orden jurídico vigente al conjunto de normas impero-atributivas que en una cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias. El derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como por los preceptos que formula.

No todo derecho vigente es positivo, ni todo derecho positivo es vigente. La vigencia es atributo puramente formal, el sello que el Estado imprime a las reglas jurídicas consuetudinarias, jurisprudenciales o legislativas sancionadas por él. La positividad es un hecho que estriba en la observancia de cualquier precepto, vigente o no vigente. La costumbre no aceptada por la integridad política es de derecho positivo, pero carece de validez formal. Y a la inversa: las disposiciones que el legislador crea, tienen vigencia en todo caso, mas no siempre son acatadas. Esta separación entre positividad y validez formal no puede admitirse en relación con todo un sistema jurídico.

Vocabulario

imponer reglas pl, f — устанавливать правила

violar normas pl, f — нарушать нормы

conceder facultades pl, f — наделять правами, предоставлять полномочия

coercibilidad, f — сдерживающий характер

potestad, f — власть, право на власть, юрисдикция

derogar — отменять

preceptos imperativo-atributivos pl, m — обязательные нормы, предписанные законом

estar patente — быть очевидным

disponer al libre albedrío de — по собственной воле, по собственному усмотрению

concebir — понимать(ся), задумывать

reglas jurídicas consuetudinarias pl, f — нормы обычного права

ser erróneo — быть ошибочным

derechos inherentes pl, m — неотъемлемые права

estribar — опираться, основываться

acatar — уважать, соблюдать

tener vigencia, f — иметь законную силу

bajo amenaza de sanción, f — под угрозой наказания

1. Responda a las preguntas:

1) ¿Cuáles son los fines de Derecho en un estado moderno?

2) ¿Qué diferencia las normas jurídicas de otro tipo de normas?

3) ¿Qué es la coercibilidad?

4) ¿Qué es el Derecho objetivo?

5) ¿Qué es el Derecho subjetivo?

6) ¿Qué derechos entran en el ámbito del Derecho subjetivo?

7) ¿Qué es el Derecho natural?

8) ¿Cómo se denomina el orden jurídico vigente?

9) ¿Cómo se concibe la vigencia de derecho?

2. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y expresiones:

Conjunto de normas; precepto; regla; establecer leyes; respaldar; asegurar la convivencia y la armonía; a través de la seguridad y la justicia; coercibilidad; exigir la aplicación; dotados de medios; crear, modificar, derogar e imponer las normas jurídicas; ordenar o prohibir bajo la amenaza de sanción; conseguir fines; imponer deberes; conceder facultades.

3. Busque equivalentes españoles de las siguientes palabras y expresiones:

Цели права; регулировать отношения; обеспечивать сосуществование; предоставлять средства; требовать применения; правила поведения; действующий юридический порядок; юридическая сила; действующее право; добиваться целей; предоставлять полномочия.

4. Defina las siguientes palabras:

Derecho

Justicia

Precepto

Albedríó

Potestad

Regla

Coercibilidad

Sanción

5. Complete los huecos:

1) El Derecho es ____________ de normas.

2) Los ____________ del Derecho son asegurar la convivencia y la armonía tanto del bien individual como del bien común.

3) Lo que diferencia las normas jurídicas de otro tipo de normas es su ____________ .

4) Las normas son ____________, ____________, ____________ e ____________ por el Estado.

5) Son ____________ los personales, los de la familia y los patrimoniales (derechos reales, derechos sobre bienes inmateriales, derechos de crédito y derecho hereditario.

6) Llamamos ____________ al conjunto de normas impero-atributivas que en cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias.

6. Recuerde las siguientes expresiones:

Aceptar una ley — принимать закон

Aplicar una ley — применять закон

Aprobar una ley — принимать закон

Conforme a la ley — в соответствии с законом

Cumplir una ley — выполнять закон

Derogar una ley — отменять закон

Dictar una ley — провозглашать закон

Ejecutar una ley — исполнять закон

Expedir una ley — издавать закон

Guardar una ley — соблюдать закон

Infringir una ley — нарушать закон

Observar una ley — соблюдать закон

Promulgar una ley — обнародовать закон

Quebrantar una ley — нарушать закон

Transgredir (violar) una ley — нарушать закон

7. Compare las concepciones del Derecho de España y las de Rusia.

Texto 2.
Etapas del Derecho español

1. Derecho primitivo

El sistema jurídico de los pueblos que habitaban la península antes de la romanización — íberos, celtas, celtíberos, etc. — de distinto origen, cultura y vida política, se basaba en la costumbre. Hay que señalar la influencia que tuvieron los pueblos que, procedentes del Mediterráneo oriental (fenicios y griegos), se asentaron en la zona levantina.

2. Derecho hispanorromano

El proceso de romanización jurídica no se realizó hasta la época imperial. A partir del siglo III, el Derecho romano constituyó el derecho de la población hispano-romana con la recepción de las fuentes genuinas: ius (jurisprudencia) y leges (constituciones de los emperadores). Ahora bien, la aplicación de este Derecho sufrió adaptaciones a las prácticas y costumbres autóctonas y generó un derecho híbrido (Derecho romano vulgar).

3. Derecho hispanovisigodo

El pueblo visigodo se regía por un derecho consuetudinario — de estirpe germánica — que, de acuerdo con el criterio de personalidad de los pueblos germánicos, afectaba sólo a sus miembros y respetaba el derecho de los pueblos sometidos. Según el pensamiento tradicional, godos e hispanorromanos vivieron bajo dos legislaciones: Código de Eurico (475) y Lex Romana Wisigothorum, selección de textos romanos ordenada por Alarico (606). Sin embargo, es posible que unos y otros quedaran sometidos al mismo régimen jurídico desde el principio. En todo caso, tras la conversión de Recaredo al catolicismo, se produjo la unificación jurídica con la promulgación del Líber ludiciorum, por parte de Recesvinto (681).

4. Derecho en la Alta Edad Media

Con la ocupación musulmana de la península (711), se produjo la escisión del territorio en dos zonas: musulmana y cristiana, dándose una gran diversidad jurídica. Sin embargo, el Derecho musulmán no influyó en el proceso formativo del Derecho español. En este período, el derecho se caracteriza por ser un producto popular, consuetudinario, de ámbito local y formalista, reflejo de la vida agraria de la época, y que responde a la concepción privada de las relaciones jurídicas.

Se desarrolla un usus terrae que superpone varios elementos: usus terrae, privilegios reales o señoriales y decisiones de los jueces locales. En el siglo X, aparecen por escrito los fueros municipales y las cartas de franquicias, que recogen el derecho de la localidad en sus aspectos más esenciales y, desde fines del siglo XII y en el XIII, se fijan de forma más amplia en los Fueros de León, Castilla y Aragón y en la colección de Costums de Cataluña.

5. Derecho en la baja Edad Media

El fortalecimiento del poder real, los avances de la Reconquista, las relaciones comerciales y la recepción de otras corrientes jurídicas se reflejan en los pueblos hispánicos. Los reyes, asistidos por las Cortes, realizan una gran actividad legislativa. En el siglo XIII, la característica fundamental es la recepción del Derecho romano-canónico, según se estudiaba en las universidades italianas y, después, en las de la península. Es un Derecho más unificado, científico, de fuente oficial e inspirada en el derecho romano Justiniano juntamente con el canónico de los Decretales. A esta época pertenece el ejemplo más notable de creación jurídica: el Código de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio.

6. Derecho de la Edad Moderna

La unión de los reinos peninsulares, con los Reyes Católicos, y las corrientes políticas permitieron la unificación jurídica. Si bien subsistieron derechos peculiares de cada uno de los reinos en lo que concernía al derecho privado, penal, procesal y mercantil. En este período hay que señalar la legislación de los nuevos dominios de las Indias, las Leyes de Burgos (1512) y las Leyes Nuevas (1542–43), cuya Recopilación (1680) se mantuvo en vigor hasta la independencia de los territorios e influyó en la legislación de algunas repúblicas sudamericanas.

7. Derecho constitucional

Tras la guerra de Independencia frente a la invasión napoleónica (1808–1814) se produjo una gran transformación en el orden político y jurídico. El nuevo estado se inspira en las doctrinas del siglo XVIII — triunfantes con la Revolución Francesa — y como reacción al absolutismo borbónico. Este nuevo espíritu se plasma en la Constitución de Cádiz (1812). En el orden político se establece el principio de soberanía nacional como fuente de todo derecho y poder — encarnada en las Cortes — y cuya relación con el soberano quedaba fijada en la Constitución. En el orden jurídico, se producía la plena unificación del derecho en todos sus aspectos. Las constituciones de los siglos XIX y XX respondían a diversas alternativas políticas, cuyos principios se desarrollaban en las leyes.

1. Responda a las preguntas:

1) ¿En qué se basaba el sistema jurídico de los pueblos que habitaban la península antes de la romanización?

2) ¿Cuándo empezó el proceso de la romanización?

3) ¿Qué implicó la romanización de la península?

4) ¿En qué se basaba el Derecho romano?

5) ¿Por qué derecho se regía el pueblo visigodo?

6) ¿Cómo se caracteriza el derecho en la Alta Edad Media?

7) ¿Cómo es el derecho en la Baja Edad Media?

8) ¿Cuándo comienza la etapa del Derecho constitucional en España?

2. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y expresiones:

Derecho primitivo; derecho hispanorromano; derecho hispanovidigodo; la costumbre; influencia; asentarse; el Derecho romano; las fuentes genuinas; derecho consuetudinario; fueros municipales; actividad legislativa; unificado; unificación; el fortalecimiento del poder real; derecho en la Alta Edad Media; derecho de la Edad Moderna; derecho constitucional.

3. Busque equivalentes españoles de las siguientes palabras y expresiones:

Римское право; обычное право; законодательная деятельность; первобытное право; позднее Средневековье; раннее Средневековье; муниципальные законы; влияние; обычай; конституционное право; королевская власть.

4. Relacione las etapas del Derecho español con los siguientes períodos:

Derecho hispanovisigodo

Siglos V–VIII

Derecho constitucional

Siglos XIII–XV

Derecho hispanorromano

Siglos XVI–XVIII

Derecho primitivo

Siglos XIX–XX

Derecho en la Baja Edad Media

Siglos III a.J.C. — V d.J.C.

Derecho en la Alta Edad Media

Siglos VIII–XII

Derecho de la Edad Moderna

Hasta el siglo III a.J.C.

5. Complete los huecos:

1) El sistema jurídico de los pueblos que habitaban la península antes de la romanización se basaba en la ____________ .

2) El proceso de ____________ no se realizó hasta la época imperial.

3) El pueblo visigodo se regía por un derecho ____________ .

4) El Derecho ____________ no influyó en el proceso formativo del Derecho español.

5) El Derecho romano-canónico es un Derecho más ____________

6) La unión de los reinos peninsulares, con los Reyes Católicos, y las corrientes políticas permitieron la ____________

6. Prepare un cuadro sinóptico para representar las etapas y características del derecho español, anotando los aspectos comunes y las diferencias con la historia del derecho de Rusia.

Etapa

Siglos

Influencias

Características

Rusia

         

Texto 3.
La profesión de jurista

Jurista es, sencillamente, el hombre de derecho, el hombre que sabe derecho. También se dice con frecuencia que es hombre de leyes. Pero no se debe olvidar que ordenar o regular la vida social según criterios racionales no es lo propio del jurista, sino del gobernante. Por eso, las leyes no las hacen los órganos judiciales, las hacen los órganos políticos: el Parlamento, el Gobierno o el propio pueblo por costumbre o por plebiscito o referéndum. Hacer leyes es un arte que corresponde a los políticos; es parte del arte de la política, que es quien tiene que construir la sociedad según justicia, libertad y solidaridad.

Si el jurista dice que conducta social es ordenada, lo hace siempre en relación con el orden establecido por la naturaleza o por la política y así esa conducta es lo justo.

La justicia no es originariamente un efecto de la norma, no nace de la ley y, por eso, no es una dimensión originaria — nacida — de la política. Los juristas romanos definieron la justicia como dar a cada uno lo suyo, o también dar a cada uno su derecho. Fueron también los juristas romanos, quienes transformaron el saber derecho en un arte o ciencia.

Si se pregunta a un estudiante de Derecho qué piensa ser al terminar la carrera, pueden recibirse una multitud de respuestas, tantas cuantas salidas tiene la carrera, que pasan de un centenar. Eso, si el preguntado no se encoge de hombros y responde, ante el asombro del que pregunta: «no sé todavía qué voy a hacer».

¿La carrera de Derecho es un conglomerado de conocimientos con poca conexión entre unas y otras asignaturas? ¿O será que enseña un poco de todo? Si esto fuese verdad, a los graduados en Derecho se les podría aplicar aquel dicho de que «hombre de muchos oficios, maestro en ninguno». Sin embargo, la experiencia nos dice todo lo contrario: entre los mejores de una serie de profesiones, desde políticos a diplomáticos, se encuentran graduados en Derecho. La carrera de Derecho no enseña muchos oficios o saberes; enseña un solo oficio o saber, que habilita — eso sí — para una gran diversidad de profesiones.

Sobre la carrera de Derecho y lo que se enseña en una Facultad de Derecho se debe saber de antemano toda la verdad: a la Facultad de Derecho se va a aprender a ser jurista. El nombre de jurista es un saber o un arte que abrirá las puertas de una multitud de profesiones, más que cualquier otra carrera. Algunas consisten en ser juristas sin más, juristas por antonomasia: jueces y magistrados; otras representan algunas facetas o derivaciones, como ser abogado o notario; y otras son profesiones para las cuales es necesario o conveniente ser jurista: diplomático, político o inspector de Hacienda.

Vocabulario

dimensión, f originaria de — величина, производная от

ser graduado en Derecho — иметь диплом юриста

por antonomasia, f — зд. лица, занимающиеся отправлением правосудия

juez, m — судья, единоличный судья

magistrado, m — судья, член коллегиального суда

inspector, m de Hacienda — финансовый инспектор

1. Responda a las preguntas:

1) ¿Qué es la justicia?

2) ¿Qué diferencia al jurista del gobernante?

3) ¿Quién transformó el saber derecho en un arte o ciencia?

4) ¿Por qué dicen que el «hombre de muchos oficios, es maestro en ninguno»?

5) ¿Dónde uno puede llegar a ser jurista (en España, en Rusia)?

6) Hable de las salidas prácticas de la carrera de Derecho.

2. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y expresiones:

Hombre de leyes; ordenar o regular la vida social; órganos judiciales; órganos políticos; por costumbre; por plebiscito o referéndum; conducta social; definir; la carrera de Derecho; transformar; de antemano.

3. Busque equivalentes españoles de las siguientes palabras y expresiones:

Определять; юридические органы; политические органы; заранее; общественное поведение; преобразовывать; плебисцит; обычай; референдум; установленный порядок; предоставлять; регулировать общественную жизнь.

4. Complete los huecos:

1) Jurista es ____________ .

2) Las leyes no las hacen ____________, las hacen ____________ .

3) ____________ o ____________ la vida social según criterios racionales no el lo propio del jurista, sino del gobernante.

4) Los juristas romanos ____________ la justicia como dar a cada uno lo suyo, o también dar a cada uno su ____________ .

5) Fueron también los juristas romanos, quienes ____________ el saber derecho en un arte o ciencia.

5. Hable sobre la profesión del jurista.

6. Compare los planes de estudios de Derecho (licenciado en Derecho) en España y en Rusia.

Relación de materias troncales
(por orden alfabético)

Créditos

Teóricos

Prácticos

Total

Primer ciclo:

     

Derecho Administrativo. El ordenamiento administrativo. Estructura y régimen básico de las Administraciones públicas. Posición del administrado y su tutela jurisdiccional.

6

1

7

Derecho Civil. El Derecho Privado: Derecho de la persona. Derecho patrimonial. Propiedad y Derechos Reales. Derecho Inmobiliario y Registral. Obligaciones y contratos. Responsabilidad extracontractual.

12

2

14

Derecho Constitucional. La Constitución y el ordenamiento jurídico. Organización constitucional del Estado. Derechos y libertades. El Tribunal Constitucional.

12

2

14

Derecho Internacional Público. La Comunidad internacional y el estatuto jurídico de los sujetos. Creación y aplicación de las normas internacionales. Las competencias. Responsabilidad internacional, arreglo pacífico
de controversias y conflictos internacionales.

6

1

7

Derecho Penal. El ordenamiento penal: teoría del delito y de la pena. La responsabilidad criminal. Examen de los distintos delitos.

12

2

14

Derecho Romano. El Derecho en Roma
y su recepción en Europa.

5

1

6

Economía Política y Hacienda Pública. Funcionamiento de los Mercados. Política Económica. Teoría Económica de los Ingresos y Gastos Públicos. Economía de la Empresa y Contabilidad. Análisis Económico del Derecho.

5

1

6

Historia del Derecho Español. Estructuras básicas y evolución del Derecho Español.

5

1

6

Instituciones de Derecho Comunitario.
El Ordenamiento Comunitario. Relaciones con los Ordenamientos de los Estados miembros. Estructura, órganos y poderes de las Comunidades. Garantía judicial de los derechos.

5

1

6

Introducción al Derecho Procesal. Función jurisdiccional. Organización judicial. El proceso y sus principios rectores.

3

1

4

Teoría del Derecho. El Derecho como forma de organización y como sistema normativo. La Ciencia del Derecho. Teoría del Derecho: la norma jurídica y el sistema jurídico. Interpretación y aplicación del Derecho. Conceptos jurídicos fundamentales. Los problemas del Derecho justo y la eficacia del Derecho.

3

1

4

Segundo ciclo:

     

Derecho Administrativo. Consideración de los medios, bienes y actuación de las Administraciones públicas, con especial referencia a los diversos sectores de la intervención administrativa.

6

1

7

Derecho Civil. Derecho de Familia y Sucesiones.

6

1

7

Derecho Eclesiástico del Estado. La tutela de la libertad religiosa en el Derecho español y comparado. Reflejos jurídicos (enseñanza, matrimonio, asistencia religiosa, objeción de conciencia). Régimen jurídico de las relaciones entre el Estado y las Iglesias y confesiones religiosas.

3

1

4

Derecho Financiero y Tributario. La financiación pública. Derecho presupuestario. Derecho tributario. Derecho de los gastos públicos.

12

2

14

Derecho Internacional Privado. Técnicas de reglamentación y normas. Competencia judicial y derecho aplicable a las relaciones privadas internacionales. Eficacia extraterritorial de actos y decisiones extranjeras.

6

1

7

Derecho Mercantil. El estatuto del empresario. El empresario individual. Derecho de Sociedades. Títulos valores. Contratación mercantil. Derecho de la competencia. Propiedad industrial. Derecho concursal.

128

22

1410

Derecho Procesal. El proceso civil. El arbitraje privado. El proceso penal. Procedimientos especiales.

6

1

7

Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Las relaciones laborales. El contrato de trabajo. Los convenios colectivos. Derecho sindical. Conflictos colectivos. La jurisdicción laboral. Derecho de la Seguridad Social.

3

1

4

Filosofía del Derecho. El fenómeno jurídico. Ontología y axiología jurídicas. Problemas filosóficos básicos del Derecho.

   

14

Practicum. Introducción a la práctica integrada del Derecho. Para completar la formación de los estudiantes se recomienda que las universidades valoren la inclusión en sus planes de estudios, como materias obligatorias u optativas de: a) materias jurídicas complementarias (Derecho Comparado, etc.); b) materias del campo de las Ciencias Sociales (Sociología, etc.); c) materias instrumentales (Contabilidad, Informática, etc.).

     

El título de Licenciado en Derecho fue aprobado por el Real Decreto 1424/1990, de 26 de octubre.

Materias troncales son aquellas que han sido establecidas por el Consejo de Universidades con carácter general para que configuren la formación básica de todos los licenciados en Derecho por las universidades españolas.

Cada crédito equivale a 10 horas lectivas.

Texto 4.
Las fuentes de Derecho español

La Constitución es la fuente primaria del ordenamiento jurídico, es norma superior que legitima y fundamenta el ordenamiento inferior y los poderes del Estado y que al mismo tiempo lo limita al organizar los derechos y libertades de los ciudadanos. Para que la Constitución pueda calificarse como fuente de Derecho es necesario que reúna tres rasgos fundamentales: la formación democrática del texto constitucional; el carácter solemne y formal del texto constitucional y la finalidad de proteger los derechos fundamentales y las libertades públicas.

La ley es fuente primordial del sistema jurídico, entendido por la ley la norma solemne emanada de las Cortes generales, previa discusión y votación, promulgada por Su Majestad el Rey. La posición constitucional de la ley en el sistema de fuentes se manifiesta porque la ley sigue conservando una dimensión democrática.

Leyes del Estado. De acuerdo con el artículo 75.2 de la Constitución, las Cámaras de las Cortes Generales pueden delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos о proposiciones de ley, con excepción de la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las Leyes Orgánicas у de Bases у los Presupuestos Generales del Estado, al amparo del artículo 75.3. El Pleno de las Cámaras puede recabar en cualquier momento el debate у votación de cualquier proyecto о proposición que haya sido objeto de delegación — las Leyes de Pleno у las Leyes de Comisión — siendo la diferencia entre unas у otras la especialidad del procedimiento legislativo.

Leyes de las Comunidades Autónomas. El artículo 152 de la Constitución establece que la organización institucional de las Comunidades Autónomas se basa en una Asamblea Legislativa у los Estatutos de Autonomía atribuyen a cada Comunidad Autónoma una potestad legislativa homogénea a la que le corresponde al Estado.

Las leyes autonómicas son leyes en sentido propio con capacidad para innovar el sistema jurídico como fuente primaria subordinada a la Constitución у al respectivo Estatuto de Autonomía. Se promulgan por el Presidente de la Comunidad Autónoma en nombre del Rey, lo que significa su autenticación formal у la orden de que las mismas sean ejecutadas у acatadas como leyes, al igual que acontece con las leyes del Estado. La adecuación de las leyes de las Comunidades Autónomas a la Constitución es enjuiciada por el Tribunal Constitucional.

Leyes orgánicas. El artículo 81 de la Constitución define las leyes orgánicas de la siguiente manera: «1.° Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales у de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía у el Régimen Electoral General у las demás previstas en la Constitución. 2° La aprobación, modificación у derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto».

La Constitución reconoce las leyes orgánicas como fuente de Derecho inmediato a la Constitución e introduce la previsión de las leyes orgánicas que constituyen una fuente de Derecho distinta de la ley ordinaria, superior a ella. La ley orgánica se diferencia de la ley ordinaria en el procedimiento, aprobación, modificación о derogación.

La Constitución reconoce otras normas sin valor normativo legal: reglamentos ejecutivos de leyes, Decretos, Las Órdenes ministeriales, Instrucciones, Circulares.

Los Tratados Internacionales constituyen una fuente autónoma del Derecho Constitucional y son productores de normas jurídicas en la esfera internacional, que a su vez tienen plena validez en el derecho interno. La Constitución y el Código Civil de España reconocen que los Tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados en el “Boletín Oficial de Estado” formarán parte del ordenamiento jurídico interno.

La costumbre es fuente de Derecho no escrita. El artículo 1.1 del Código Civil reconoce la ley, la costumbre y los principios generales de Derecho como fuentes del ordenamiento jurídico.

Vocabulario

legitimar — придавать законную силу, легитимировать

reunir rasgos pl, m fundamentales — содержать основные черты,
отвечать характеристикам

primordial — первостепенный, основной

potestad, f reglamentaria — регулирующая сила, полномочия

enjuiciar — рассматривать, разбирать, выносить решение в суде

valor, m irresistible — непреодолимая сила

recabar — требовать, истребовать

homogéneo — подобный, схожий

innovar — обновлять, вводить что-то новое

previsión de la ley orgánica — зд. концепция, понятие

tener plena validez — обладать юридической, законной силой

1. Responda a las preguntas:

1) ¿Qué es la fuente primaria del ordenamiento jurídico?

2) ¿Qué es la ley?

3) ¿Qué especies de leyes existen?

4) ¿Qué son las leyes del Estado?

5) ¿Qué son las leyes de las Comunidades Autónomas?

2. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y expresiones:

La fuente primaria; la fuente primordial; estar sometido al imperio de la ley; ejercer la función ejecutiva; la potestad reglamentaria; de acuerdo con; leyes orgánicas; ordinarias del estado y de las Comunidades Autónomas; función legislativa; en aplicación de los artículos; responder ante; interpretar conforme a la Constitución las leyes; en la medida que; representar los valores insustituibles; la aprobación de proyectos o proposiciones de ley.

3. Busque equivalentes españoles de las siguientes palabras y expresiones:

Конституция; закон; принимать закон; отвечать перед; публичные свободы; нормативный акт; в соответствии с; исполнять законодательную власть; источник; органический закон; применение; толковать закон; устав; королевский указ; голосование; постановление; сила закона; нормативный акт; исполнительная власть.

4. Traduzca empleando el vocabulario del Texto 4:

Нормы конституционного права находят свое выражение в различных формах, которые обычно именуются источниками. Эти источники носят как писаный, так и неписаный характер, они состоят из нормативных правовых актов, общих принципов права, естественного права, обычаев, судебных прецедентов и определенных международно-правовых актов. Иерархическая система обеспечивает соотношение различных источников между собой по степени юридической силы и их приоритетности.

Право нельзя сводить только к писаной его части, к позитивному праву. Кроме позитивного правового регулирования существуют общечеловеческие представления о свободе и справедливости, составляющие суть естественного права. В России идея естественных прав нашла свое выражение в Декларации прав и свобод человека (принята 5 сентября 1991 г.). Конституция 1993 г. (ч. 2 ст. 17) устанавливает, что «основные права и свободы человека неотчуждаемы и принадлежат каждому от рождения».

Среди источников позитивного конституционного права важнейшее место занимает конституция. В России действует Конституция, принятая всенародным голосованием 12 декабря 1993 г. 1 июля 2020 г. в ходе всероссийского голосования был одобрен ряд изменений в Основной закон нашей страны». Наряду с федеральной Конституцией действуют конституции республик, входящих в состав Российской Федерации. Конституции республик обладают высшей юридической силой на их территории.

Законы. По российской Конституции предусматривается издание Федеральным Собранием федеральных конституционных законов, которые являются источниками конституционного права, и федеральных законов, из которых такое значение имеют только законы конституционно-правового содержания (т. е. регулирующие применение прав и свобод человека и гражданина, устройство государственной власти), а также законы о поправках к Конституции РФ. Кроме того, источниками конституционного права могут являться указы Президента РФ, ведомственные акты, акты палат Федерального Собрания РФ, постановления Правительства РФ. Конституцией указывается (ч. 3 ст. 76), что федеральные законы не могут противоречить федеральным конституционным законам, поэтому в иерархии источников права федеральные конституционные законы занимают более высокое место, следуя сразу же за Конституцией. Федеральные конституционные законы не могут изменять Конституцию и не являются частью Конституции.

Источниками конституционного права являются также законы, издаваемые законодательными органами субъектов РФ в соответствии с ч. 2 ст. 5 Конституции РФ и соответствующие конституциям и уставам субъектов Федерации.

Международные договоры. Конституция РФ (ч. 4 ст. 15) устанавливает, что общепризнанные принципы и нормы международного права и международные договоры Российской Федерации являются составной частью ее правовой системы. Конституция устанавливает приоритет международного права по отношению к внутреннему, указывая, что если международным договором Российской Федерации установлены иные правила, чем предусмотренные законом, то применяются правила международного договора.

Заключение Российской Федерацией договоров с другими государствами регулируется Федеральным законом «О международных договорах Российской Федерации» от 15 июля 1995 г.

К числу источников конституционного права относятся правовые акты, принимаемые Содружеством Независимых Государств, одним из членов которого является Россия, а также Договор о создании Союзного государства России и Белоруссии (1999) и акты других объединений части государств СНГ и России.

Декларации. В этой правовой форме были приняты важные конституционно-правовые нормы: Декларация о государственном суверенитете РСФСР (12 июня 1990 г.), Декларация о языках народов России (25 октября 1991 г.). Конституция не содержит какого-либо упоминания о праве Федерального Собрания принимать декларации, об их юридической силе и о порядке принятия.

Регламенты палат Федерального Собрания. Эти акты принимаются в соответствии с Конституцией РФ каждой палатой для организации своей деятельности и не требуют утверждения другой палатой и подписи Президента. Это нормативные акты с внутренней сферой применения.

Указы и распоряжения Президента Российской Федерации. Такие акты обычны для главы государства в любой стране. В Конституции РФ указывается, что они обязательны для исполнения на всей территории Российской Федерации и не должны противоречить Конституции РФ и федеральным законам.

Постановления Правительства РФ. Поскольку правительство осуществляет исполнительную власть, оно издает постановления и распоряжения, обязательные к исполнению в Российской Федерации (ст. 115 Конституции). Не все постановления правительства имеют нормативное значение и относятся к числу источников конституционного права. Таковыми являются только те акты, которые содержат общеобязательные нормы. Все правительственные акты являются подзаконными актами, т. е. должны соответствовать Конституции, законам и указам Президента РФ.

Судебные решения. К числу источников конституционного права относятся постановления Конституционного Суда РФ, в которых устанавливается соответствие Конституции России федеральных законов, нормативных актов Президента, палат Федерального Собрания, Правительства РФ, конституций и уставов, законов и других нормативных актов субъектов Федерации, а кроме того, разрешаются споры о компетенции, дается толкование Конституции.

Правовые акты СССР и РСФСР. Некоторые из этих актов являются источниками конституционного права России в силу принципа правопреемственности или на период, пока не будет принято заменяющее их законодательство.

Акты органов местного самоуправления. Конституция отмечает, что местное самоуправление в пределах своих полномочий самостоятельно (ст. 12). Это означает, что органы местного самоуправления вправе издавать свои правовые акты. И если эти акты регулируют отношения в сфере конституционного права (например, расширяют права и свободы или усиливают их гарантии), то они должны признаваться его источником.

В конституционном праве ряда зарубежных государств в качестве источника конституционного права признают обычаи и доктрины, но в российской конституционно-правовой теории и практике это пока не находит признания.

5. Defina las siguientes expresiones:

Constitución

Ley

Leyes del Estado

Leyes de las Comunidades

Decreto Ley

Autónomas

Ley Ordinaria

Estatuto

Real Orden

Reglamento

6. Complete los huecos:

1) ____________ es la fuente primaria del ordenamiento jurídico, es norma superior que legitima y fundamenta el ordenamiento inferior y los poderes del Estado.

2) ____________ es la fuente primordial del sistema.

3) Las Cámaras de las Cortes Generales pueden delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de ____________ o ____________ de ley, las ____________ internacionales, las ____________ Orgánicas y de Bases y los ____________ Generales del Estado.

4) ____________ se entiende la norma con rango de ley emanada del poder ejecutivo.

5) ____________ es la norma de rango legal que constituye, generalmente, el último escalón en la jerarquía jurídica de las leyes de un Estado, tras la Constitución y las leyes orgánicas u otras equivalentes.

6) ____________ puede referirse a una variedad de normas jurídicas cuyo rasgo común es que regulan las relaciones de ciertas personas que tienen en común la pertenencia a un territorio o sociedad.

7) ____________ — la disposición con fuerza de ley dictada por el soberano.

8) ____________ era una orden razonada expedida por el rey de España entre los siglos XV y XIX.

9) ____________ es una norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo.

Texto 5.
Personajes de Justicia

Abogado: profesional capacitado para defender en juicio, por escrito o de palabra, los derechos e intereses de las personas físicas y jurídicas (entidades) y, también, para dar dictamen sobre las cuestiones legales que se le consulten. Requisitos: Licenciatura en Derecho.

Abogado laboralista: profesional del Derecho, especializado en asesorar, representar y gestionar toda clase de asuntos relacionados con la administración y jurisdicción socio-laboral que le fueran encomendados por las instituciones públicas, las empresas o los particulares. Requisitos: Licenciatura en Derecho.

Fiscal: funcionario público que tiene como misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. Actúa de oficio o a petición de los interesados velando por la independencia de los tribunales y procurando ante éstos la satisfacción del interés social. Requisitos: Licenciatura en Derecho; superar una oposición y un período de formación y prácticas.

Jueces y magistrados: la carrera judicial está integrada por jueces y magistrados y se estructura en tres categorías: magistrado del Tribunal Supremo, magistrado y juez. El acceso a la carrera puede realizarse bien mediante la superación de las pruebas selectivas convocadas por el Ministerio de Justicia o bien mediante concurso de méritos.

Los jueces presiden los procedimientos judiciales, pronuncian sentencias, informan a los miembros del jurado sobre la ley y analizan las pruebas presentadas.

A los magistrados corresponde, en cada pleito o causa, todo lo relativo a la tramitación, interrogatorios, prueba, recursos e incidentes.

Notario: funcionario autorizado por la ley para dar fe pública de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales. Los notarios son a la vez profesionales del Derecho y funcionarios públicos, correspondiendo a este doble cargo la organización del notariado. Requisitos: Licenciatura en Derecho y superar una oposición.

Procurador: profesional del derecho que representa a una parte bien ante los órganos de justicia, bien en negocios civiles, para ejecutar actos en nombre de su representado. La representación se la otorga el interesado mediante un poder. Requisitos: Licenciatura en Derecho y superar una oposición.

1. Responda a las preguntas:

1) ¿Qué hace el abogado?

2) ¿Qué especialidad tiene el abogado laboralista?

3) ¿Qué misión tiene el fiscal?

4) ¿Qué funciones tienen jueces y magistrados?

5) ¿Quién presenta las pruebas?

6) ¿Quién da fe pública de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales?

7) ¿Qué hace el procurador?

2. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y expresiones:

Abogado; abogado laboralista; fiscal; juez; magistrado; procurador; defender en juicio; por escrito o de palabra; asesorar; dar dictamen; sobre las cuestiones legales; requisitos; misión; en defensa de la legalidad; actuar de oficio o a petición de los interesados; velar por; pronunciar sentencias; dar fe pública; contrato; testamento; en nombre de; notario; tramitación.

3. Busque equivalentes españoles de las siguientes palabras y expresiones:

Нотариус; адвокат; судья; прокурор; защищать в суде; в защиту законности; оглашать приговор; выносить решение; письменно или устно; требования; завещание; контракт; передача дела в другую инстанцию; доказательство; допрос; обжалование.

4. Relacione las profesiones con sus funciones.

Abogado

a) Jurista que da fe pública a los actos privados

Notario

b) Jurista para defender en juicio

Juez

c) Tiene que promover la acción de justicia

Fiscal

d) Pronuncia sentencias, analiza las pruebas presentadas

5. Complete los huecos:

1) La carrera judicial está integrada por ____________ y se estructura en tres categorías: ____________, ____________ y ____________.

2) ____________ actúa de oficio o a petición de los interesados velando por la independencia de los tribunales y procurando ante éstos la satisfacción del interés social.

3) ____________ presiden los procedimientos judiciales, pronuncian sentencias, informan a los miembros del jurado sobre la ley y analizan las pruebas presentadas.

4) ____________ es especializado en asesorar, representar y gestionar toda clase de asuntos relacionados con la administración y jurisdicción socio-laboral.

5) ____________ son a la vez profesionales del Derecho y funcionarios públicos.

6) A los____________ corresponde en cada pleito o causa, todo lo relativo a la tramitación, interrogatorios, prueba, recursos e incidentes.

6. Busque en internet anuncios sobre ofertas de empleo, seleccione uno, esplique las razones de su elección y redacte su currículum vitae, solicitando uno de los puestos de trabajo.

Texto complementario

La justicia en España, conversaciones

1. Lea el texto y discuta en el grupo los problemas planteados.

2. Busque en el texto los verbos en el Modo Subjuntivo y explique su empleo.

Normalmente tendemos a cargar sobre las espaldas del juez la responsabilidad sobre el buen o mal funcionamiento de la Justicia. No obstante, existen otros actores que intervienen en los procesos judiciales y que, por tanto, son parte del entramado de la Justicia. Su actuación también ha de ser sometida a examen.

En cuanto a los abogados, lo primero que hay que constatar es que en España hay una realidad que no se da en otros sitios. Es el gran número de abogados ejercientes. Esto complica de forma extraordinaria la situación, dado que, en ocasiones, las actuaciones de los abogados están movidas por la feroz competencia que existe entre ellos. También hay una falta de conciencia sobre cuál es el cometido del abogado. Dentro de las profesiones jurídicas prácticas, es la que parece más apasionante.

En nuestra sociedad el buen abogado es el que gana más pleitos, y esto hace que a veces todo valga para ganarlo. Y no, no todo vale. El buen abogado es el que más ayuda al juez.

El abogado debería ser un colaborador del juez, y éste debería considerarle como un igual, es decir, un colega en su oficio. A veces, los abogados tampoco reciben un trato muy adecuado por parte de algunos jueces. Es algo que hay que corregir, como que es necesario evitar que abogados no muy experimentados participen en determinados asuntos.

El tema de la formación de los abogados en España hay que tomárselo en serio. No puede ser que tengamos un mayor número de abogados solamente en Madrid que en toda la Unión Europea. Es una profesión en la que están en juego intereses muy delicados. Después de la salud, o quizá muchas veces a nivel de la salud, lo más delicado — que es el patrimonio, la libertad y la seguridad — no se puede poner en manos de unas personas que han salido del Colegio de Abogados y sin que nadie los controle. Para ser abogado hay que demostrar casi tanto o más que para ser juez.

El juez está configurado — así ha sido desde siempre — como una persona que está entre partes, que va a dirimir un conflicto entre ellas y que por su propia situación institucional tiene la mayor idoneidad para dar la solución más adecuada. Quieras que no, la parte, por muy sabia, preparada y documentada que esté, no deja de ser parte. Eso ya le resta calidades para dirimir un conflicto, donde nunca se puede decir que la otra parte no tenga absolutamente nada de razón.

Nos encontramos también con la otra parte, que sería la Abogacía del Estado. Hasta ahora, ésta siempre había estado formada por personas de un nivel muy alto, pero en estos momentos se está produciendo un fenómeno curioso: a un abogado del Estado que llega a los 45 años sin haber sido fichado por un gran despacho se le considera un fracasado. Por otro lado, han perdido su privilegiadísima situación económica, aunque se les ha compensado de alguna manera permitiéndoles tener alguna compatibilidad.

Otro capítulo importante para abordar es el de los fiscales. Esta es una institución de la que ningún Gobierno se ha ocupado hasta la fecha. Hay que tener en cuenta que hasta 1925 el fiscal era el abogado del Estado, con sus mismas facultades y relevancia. El señor Galo Ponte y Escartín, ministro de Justicia en la dictadura de Primo de Rivera, decidió recortar su papel. Entonces, los fiscales se convirtieron en una especie de policía judicial de gran formación jurídica que transforman el atestado policial en una fórmula jurídica de acusación. A raíz de la Constitución, el fiscal empieza a adquirir un papel fundamental y que todavía no ha sido asimilado en toda su auténtica dimensión.

Hablando del Ministerio Fiscal, el problema está en el sistema de nombramiento del fiscal general. Es una realidad que depende en gran medida de la manera de ser de los países y de las culturas. La tradición en España es que quien nombra al fiscal general, que es el Gobierno, es el que maneja la acción pública. Entonces, el fiscal va a tener más celo en las materias que le indique quien le haya nombrado. Una propuesta alternativa sería que el fiscal general del Estado lo nombrara el Parlamento. Pero, en ese caso, el problema vendría por la concentración de excesivo poder en una persona.

Todo esto es de difícil solución. Lo que sí es importante es generar prácticas — dependientes siempre de la idoneidad personal — para que el fiscal no se deje seducir por las insinuaciones de quien le nombra; en este caso, del Gobierno. El fiscal general debe decirle al Gobierno que hay que perseguir tales o cuales hechos por su interés social o porque así se defienden mejor los intereses generales, pero no porque coyuntural o políticamente interese más perseguir esto o aquello. Esa forma de actuación daría tranquilidad y generaría la confianza de la ciudadanía en el Ministerio Fiscal.

Esto último es muy difícil porque los medios de comunicación no van a aceptarlo. Ahora bien, en las situaciones de emergencia el fiscal tiene una mejor posición para actuar que el juez; porque si a este último se le desplaza o se le dice esto o lo otro, siempre podrá alegar que se está atacando su independencia. A un fiscal sí se le puede decir que se mantenga investigando unos hechos hasta que queden perfectamente aclarados, pero a un juez no. Es dudoso que se le pueda ordenar a un juez que se mantenga allí, o incluso que se nombre a un juez en comisión para que instruya el caso. La situación actual, que transmite una cierta sensación de impunidad, destroza toda credibilidad en la Justicia.

En una Administración moderna de Justicia, con todos los medios y programas informáticos con que contamos, no se necesita el viejo modelo de empleado de la Administración de Justicia. Ahora los funcionarios tendrían que ser licenciados en Derecho. En la antigua oficina sí hacían falta buenos mecanógrafos y todas esas cosas, pero hoy en día no. Lo que sí tendría que crearse es un buen sistema de promoción interna para ir subiendo en la carrera. De hecho hay una cierta promoción interna para aquellos que tienen la titulación y que pueden acceder a oposiciones restringidas de oficiales o secretarios. No cabe duda que la buena preparación de los funcionarios es fundamental, porque una burocracia que actúe correctamente con los engranajes adecuados descarga de muchísimo trabajo. Hoy, por el contrario, algunas tareas que están haciendo los presidentes de sección, que quedan incluso exonerados de dictar sentencias — que es el oficio nuestro-, podrían hacerse con unos funcionarios competentes que llevasen a cabo esas tareas burocráticas a la perfección y, además, con garantía de objetividad.

Apéndice gramatical:

a) contraste SER/ESTAR/HABER

b) el Presente de Indicativo, formación

EL VERBO SER

1. Nacionalidad, orígen.

Es español.

Es de Madrid.

2. Profesión:

Roberto es notario.

3. Describir personas y cosas:

Es guapo.

EL VERBO ESTAR

1. Lugar:

Ahora está en la oficina.

2. Condición o estado variable.

Está ocupado.

CONTRASTE HAY/ ESTÁ/ESTÁN

Para hablar de la existencia de algo desconocido:

Hay +

un

una

unos

unas

   

Para localizar o situar una cosa que se conoce:

el +

está

la

los +

están

las

1. Complete con ser, estar, hay:

1) Ahora … muchos abogados en España.

2) En España los despachos de abogados … pequeños.

3) ¿Quién … el juez?

4) En el despacho … muchas sillas.

5) El juez … muy riguroso.

6) ¿Dónde … el notario?

7) Los clientes … contentos.

8) Ahora … en una entrevista de trabajo.

9) Hoy nosotros … ocupados.

10) Las puertas … cerradas.

11) No … pruebas.

12) El abogado … ocupado.

VERBOS IRREGULARES EN PRESENTE DE INDICATIVO

CAMBIOS VOCÁLICOS

E › IE

 

O › UE

 

E › I

 

U › UE

QUERER

QUIERO

QUIERES

QUIERE

QUEREMOS

QUERÉIS

QUIEREN

 

PODER

PUEDO

PUEDES

PUEDE

PODEMOS

PODÉIS

PUEDEN

 

PEDIR

PIDO

PIDES

PIDE

PEDIMOS

PEDÍS

PIDEN

 

JUGAR

JUEGO

JUEGAS

JUEGA

JUGAMOS

JUGÁIS

JUEGAN

VERBOS CON IRREULARIDAD EN LA PRIMERA PERSONA

CONOCER — CONOZCO         SALIR — SALGO

TRADUCIR — TRADUZCO      PONER — PONGO

SABER — SÉ                                  DAR — DOY

HACER — HAGO                          ESTAR — ESTOY

OTRAS IRREGULARIDADES

VENIR

VENGO

VIENES

VIENE

VENIMOS

VENÍS

VIENE

 

IR

VOY

VAS

VA

VAMOS

VAIS

VAN

 

CONSTRUIR

CONSTRUYO

CONSTRUYES

CONSTRUYE

CONSTRUIMOS

CONSTRUÍS

CONSTRUYEN

 

OÍR

OIGO

OYES

OYE

OÍMOS

OÍS

OYEN

1. Ponga el verbo en Presente de indicativo.

1) Todos ____________ (tener) derecho a la vida y a la integridad física y moral.

2) Los profesionales del Derecho ____________ (poder) trabajar en muy diversos campos.

3) Yo ____________ (pensar) que el matrimonio es un mero trámite.

4) La fotocopia no ____________ (servir) para nada.

5) El abogado ____________ (defender) a sus clientes.

6) Muchas ofertas de trabajo ____________ (pedir) entre los requisitos más importantes la disponibilidad de viajar.

7) Yo no ____________ (conocer) a este notario.

8) Pablo ____________ (querer) trabajar en el Derecho.

9) El juicio ____________ (empezar) la semana que viene.

10) Esta empresa ____________ (requerir) excelentes conocimientos del Derecho Civil

11) (ofrecer) horarios a convenir.

12) Los muchachos ____________ (entender) bien el Derecho.

2. Ponga los verbos en la forma necesaria.

a) Nosotros (ser) ____________ estudiantes. (Estudiar) ________________ en La Academia de Derecho que (ser/estar) _____________ muy famosa. La Academia (estar/hay) ______________ en el centro de Moscú. En La Academia (estar/hay) __________ muchas cafeterías y dos bibliotecas. Nosotros (ir) ___________ a la cafetería que (estar/hay) ____________ cerca de la biblioteca. (Tomar) ___________ té o café si (tener/estar) ____________ sueño. Nosotros (escribir) __________ la tesis, pero (ser/estar) ____________ muy difícil. (Querer) _____________ aprobar todos los exámenes por eso (tener)_______________ que (aprender) ______________ muchas cosas. Siempre (volver)____________ tarde de La Academia y nuestros amigos (pensar) ________________ que nosotros no (tener/hay) _____________ tiempo para ver a ellos. Es verdad, (ver/mirar, nosotros) ___________ a ellos sólo a veces.

b) ¡Hola, Carmen!

(Estar, yo)_________ muy bien aquí, en Santiago. (Ser) _________ una ciudad antigua. Aquí (vivir)_________ muchos mis amigos, pero yo (estudiar) _____________ en la Universidad de Santiago de Compostela. Pero no siempre (hacer/ser/estar) _________ buen tiempo, (llover) __________ a menudo. Mis amigos (decir/hablar) ____________ que a veces (nevar) ___________ en invierno. La Universidad (ser/estar) ____________ muy buena, los profesores (ser/estar) _____________ muy inteligentes. Además aquí (estar/hay) ____________ tres bibliotecas. La biblioteca donde (escribir, yo) ____________ mi tesis (estar/hay) __________ cerca de la sala de conferencias. Sí, (tener, yo) __________ que (hacer)___________ muchas tareas. Pero cuando (estar/ser) _________ enfermo, no (asistir) ____________ a las clases, (hacer) __________ las tareas en casa.

Saludos, que lo pases bien,

Tu amigo Luis

Tема 2.
ЗАКОНОТВОРЧЕСКАЯ ДЕЯТЕЛЬНОСТЬ.
ОСНОВНОЙ ЗАКОН РОССИИ И СТРАН ИЗУЧАЕМОГО ЯЗЫКА

Texto 1.
El estado y sus formas. Tipos de la Constitución

Concepto de Estado

La cuestión de las formas de Estado es el modo en que se distribuyen, especial o teóricamente, la voluntad y la actividad estatales; en otros términos, es la manera según la cual funciona la actividad del Estado, y al funcionar se convierte en una organización y en una estructura; el modo y manera de esa distribución toma el nombre de unitarismo o de federalismo, según la articulación de los elementos esenciales responda a un centro de poder: tal es el caso de los estados unitarios; o el poder central coexiste con otros poderes autónomos: en tal caso estamos frente al Estado Federal. La forma de estado se refleja en su Constitución o sea la Ley suprema establece la organización política y territorial del estado.

Estado Unitario

El Estado Unitario, llamado también simple, es la forma doctrinal más perfecta de concebir el Estado, puesto que en el existe único centro de poder, con órganos únicos (legislativo, ejecutivo y judicial) que, cumpliendo funciones específicas, son válidos para toda la población asentada en el territorio estatal. Existe, en el Estado Unitario, un solo orden gubernativo y una unidad de dirección en las fases de decisión, acción y sanción. En él están conjugados como una unidad orgánica, el orden jurídico, el orden político y el orden administrativo.

El Estado Unitario jurídicamente considerado tiene en la unidad su característica básica en cuanto a su fundamento, su estructura y su ejercicio, puesto que la normatividad jurídica es una sola y válida para todo el territorio nacional, no pudiendo coexistir en otro orden jurídico en todo el espacio físico donde ejerce su soberanía. Lo mismo ocurre con la estructura judicial, donde los tribunales son dependientes de una central y el ejercicio está reglado por normatividad exclusiva.

Se establece que en los Estados Unitarios, o simples, no existe descentralización política; en cambio, sí puede existir un cierto grado de descentralización administrativa.

Estado Federal

Por Estado Federal se entiende la unión de dos o más estados, en los que los miembros asociados renuncian a su soberanía particular para conformar una sola y única comunidad política. Los “estados miembros” o “estados federados”, que hacen parte del Estado Federal, poseen autonomía organizativa conferida por la Constitución estatal, así como potestades legislativas y jurisdiccionales.

Los estados miembros de la Federación no son soberanos, sino tan sólo reúnen el status de entes autónomos.

Los estados emergen y se hallan regidos por una Constitución Política (Constitución Federal) que es la norma fundamental que rige a la comunidad política en su conjunto sin que las normas emanadas de la autoridad autonómica de los estados miembros puedan contrariarlas.

Los estados miembros pierden su condición de Estados.

La autodeterminación de los estados miembros se subordina a la Constitución Federal.

Los estados conformantes de la Federación participan del gobierno central.

El Estado Federal constituye una unidad en la que se funda la pluralidad de los estados Federados, en él predomina la competencia del poder central, el territorio y la población conforman con el poder central y el ordenamiento jurídico general una unidad. Tanto el Estado Unitario como el Estado Federal son formaciones históricas emergentes de realidades concretas.

Confederación de Estados

La unión permanente de Estados independientes, unión que se basa en el pacto, con el fin de protección externa y de paz interna, sin perjuicios que puedan agregarse a otros fines. No se trata, como se ve, de una forma de Estado, puesto que, en este tipo de unión, los Estados confederados, conservan su soberanía y se mantienen independientes mientras que en el Estado Federal la soberanía de los Estados miembros se funde para dar lugar a un nuevo Estado.

1. Busque equivalentes rusos de las siguientes palabras y locuciones:

Modo en que se distribuyen, especial o teóricamente, la voluntad y la actividad estatales; único centro de poder; válidos para toda la población asentada en el territorio estatal; unidad orgánica; Estado Unitario jurídicamente considerado; miembros asociados renuncian a su soberanía particular; condición de Estados; predomina la competencia del poder central; formaciones históricas emergentes de realidades concretas.

2. Busque en el texto equivalentes españoles de las siguientes palabras y locuciones:

Формы государственного устройства; унитарное государство; федеративное государство; единые органы власти; единый нормативный правовой акт, нормы которого имеют верховенство на всей территории страны; некоторая степень; составные части унитарного государства не обладают признаками суверенитета; входить в состав Федерации; обладать административной автономией; автономный субъект; самоопределение; принимать участие в осуществлении центральной власти; временный союз государств.

3. Recuerde las siguientes palabras y locuciones:

estado m

государство

~unitario

унитарное государство

~federal

федеративное государство, федерация

~federado

государство, входящее в состав федерации

~soberano

суверенное государство

constituir un ~

создать (конституировать) государство

hombre de ~, estadista

государственный деятель

jefe de ~

глава государства

golpe de ~

государственный переворот

estatal

государственный

4. Complete los huecos utilizando las palabras y expresiones de la lista:

1) Un ____________ es la toma del poder político, de un modo repentino y violento, por parte de un grupo de poder, vulnerando la legitimidad institucional establecida en un Estado, es decir, las normas legales de sucesión en el poder vigentes con anterioridad.

2) Un ____________ es una asociación política con soberanía efectiva interna y externa sobre una zona geográfica, y cual no se depende en, ni es sujeto a, cualquier otro poder o estado.

3) Un ____________ es la entidad subnacional en que se divide una federación. Se caracteriza por ser una porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque sometidos en ciertos asuntos a las decisiones del poder federal central.

4) Un ____________ es estadista que forma parte activa de la política de un país.

5) Un ____________ es una agrupación institucionalizada de entidades sociales relativamente autónomas.

6) Un ____________ es aquel en donde existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central.

7) El ____________ es la máxima autoridad de un Estado, quien en principio representa su unidad y su continuidad ante el Estado mismo y el mundo.

Texto 2.
Historia del constitucionalismo español

El Constitucionalismo es un movimiento jurídico político que surge como respuesta al antiguo régimen. La Constitución es una norma o un conjunto de normas. Es una norma legislativa que ocupa una posición especial dentro del ordenamiento jurídico porque es la norma suprema.

La historia del constitucionalismo español es reflejo directo de las convulsiones políticas españolas de los siglos XIX y XX, mostrando las tensiones sociales y políticas que existieron y existen en el país.

Antecedentes históricos: El siglo XIX comienza en España con un hecho muy importante: la revolución del 2 de Mayo de 1808. En España se creaban las Juntas Regionales, las cuales asumieron las tareas de gobierno y se propusieron crear una constitución. Las Juntas Regionales se habían reunido en Cádiz y se creó la Junta Suprema Central. Allí se comenzó a elaborar una Constitución, que vio la luz en 1812 y era muy avanzada para su época y sus principales ideas eran: la defensa de la soberanía nacional y la división de poderes: las cortes tendrían el poder legislativo. El poder ejecutivo estaría en manos del monarca, y el poder judicial correspondería a los tribunales de justicia. Oficialmente, estuvo en vigencia dos años, desde su promulgación hasta de 1814.

El 4 de Mayo de 1814 Fernando VII rehusó a jurar la constitución de Cádiz y promulgó el Decreto de Valencia, que impone el absolutismo. Durante su reinado los liberales fueron perseguidos y condenados. Del reinado de Fernando VII también hay que destacar la pérdida de todas las colonias americanas menos Cuba y Puerto Rico.

En 1833 muere Fernando VII y sube al trono su hija Isabel, que fue coronada como Isabel II. Los primeros años de su reinado fueron de carácter moderado, pero más tarde se acrecentó la pobreza y la situación del país fue a peor.

Para superar la crisis fue formado un Gobierno de corte progresista y empezó la reforma constitucional. La Constitución de 1837 estaba basada en el principio de la soberanía nacional de la Constitución de 1812. Esta reforma constitucional introdujo en España la monarquía constitucional, e instauró unas Cortes bicamerales, además de llevar a cabo, por primera vez en el país, la incorporación de una declaración sistemática y homogénea de derechos; lo que supuso un reconocimiento ordenado de derechos individuales, más bien garantías, muy ligadas a la seguridad y propiedad.

Dicha constitución tuvo una vigencia de 8 años, hasta que en 1845 fue derogada y sustituida por la Constitución monárquica de 1845.

La Constitución de 184

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